Residuos peligrosos y Plan de Manejo RESPEL
El DS 148 regula el ciclo completo de los residuos peligrosos: generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reciclaje y eliminación. El primer paso es identificar correctamente qué residuos del proceso poseen características de peligrosidad.
Variables críticas antes de tramitar
- Identificación de residuos y características de peligrosidad.
- Cantidades generadas y puntos del proceso.
- Condiciones de almacenamiento.
- Hojas de seguridad y registros disponibles.
- Transportistas, instalaciones y destinos.
- Umbrales y exigencias de plan de manejo cuando correspondan.
Alcance de habilitación
- Inventario RESPEL.
- Matriz de cumplimiento DS 148.
- Plan de adecuaciones y registros.
- Revisión de prestadores autorizados.
- Expediente de regularización.
Primero entendemos el proyecto. Después definimos el trámite.
Antes de invertir o presentar antecedentes
¿Todo generador debe tener Plan de Manejo?
No necesariamente. El DS 148 establece condiciones y umbrales que deben revisarse según el caso.
¿El almacenamiento también está regulado?
Sí. El reglamento contiene exigencias para las etapas del manejo, incluido el almacenamiento.
¿Se puede mezclar con REAS?
Son marcos distintos, aunque un establecimiento de salud puede generar residuos que además sean peligrosos.
Normativa de referencia
Estas fuentes sirven como marco de referencia. El alcance definitivo se determina con la versión normativa vigente y los antecedentes del caso.
Dependencias frecuentes
Cuéntanos lo esencial. Revisamos el resto.
Indica comuna, tipo de proyecto y situación actual. Revisamos preliminarmente SEREMI, Municipalidad/DOM y los frentes regulatorios que podrían intervenir.